суббота, 6 апреля 2013 г.

Explicación de voto de la delegación de Cuba en el consideración del proyecto de resolución L.58: Tratado sobre el Comercio de Armas.



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Nueva York 2 de abril de 2013

Señor Presidente:

Con relación al proyecto de resolución L. 58  titulado: “Tratado sobre el Comercio de Armas”, nuestra delegación desea realizar la siguiente explicación de voto:

Desde el inicio del proceso relativo al Tratado sobre el Comercio de Armas, se estableció como principio de trabajo la adopción de las decisiones por consenso, en el entendido de que esta era la manera de garantizar un tratado sólido, efectivo, balanceado y aceptable para todos los Estados.

El principio del consenso siempre se consideró fundamental en este proceso, habida cuenta de que su resultado sería un instrumento jurídicamente vinculante sobre el comercio de armas que tendría, entre otras, importantes implicaciones políticas, económicas y de seguridad para todos los Estados.

La Conferencia concluida el paso 28 de marzo no logró llegar a un consenso para la adopción del proyecto de Tratado sobre el Comercio de Armas presentado por su Presidente, debido a las evidentes diferencias respecto a dicho texto entre las posiciones de los Estados participantes.

A pesar de ello se ha decidido por un grupo de delegaciones forzar ante la Asamblea General de la ONU una decisión sobre ese proyecto de Tratado que no recibió consenso.

Es decir se ha impuesto el enfoque no compartido por Cuba, de que él único resultado exitoso posible para este proceso es la adopción de un Tratado a cualquier precio; aún cuando este no tome debidamente en cuenta los legítimos intereses de todos los Estados.

En opinión de Cuba lo que se requería era continuar un proceso de negociaciones amplio transparente inclusivo con la participación de todos los Estados hasta llegar al necesario consenso. Lamentablemente ello no ha ocurrido así.

Nunca fue nuestra expectativa lograr un Tratado ideal y perfecto. Somos realistas. Pero si acudimos a esta cita plenamente comprometidos con el mandato de la resolución 67/234 de la Asamblea General de la ONU, mediante la cual se estableció que el Tratado resultante de este proceso debía ser sólido, equilibrado y eficaz; ese mandato no se cumplió.

La Conferencia ofrecía una oportunidad histórica para dar respuesta efectiva a las graves consecuencias del tráfico ilícito y no regulado de armas para muchas personas y Estados en el mundo. La oportunidad histórica no fue debidamente aprovechada. Lamentablemente, el proyecto final de Tratado que se nos presentó, no estaba a la altura de los justos reclamos y necesidades de la comunidad internacional y no logró el consenso.

Como ya señalamos, consideramos que el proyecto de Tratado sobre el Comercio de Armas presentado, tiene serias limitaciones que fundamentan el voto en abstención de nuestra delegación, debido a que:

-    Múltiples ambigüedades, inconsistencias, indefiniciones y vacíos legales caracterizan el proyecto final de Tratado. Se trata de un texto  desbalanceado a favor de los Estados exportadores de armas, para quienes se establecen privilegios que van en detrimento de los legítimos intereses del resto de los Estados, incluyendo en materia de defensa y seguridad nacional. Se privilegiaron los intereses de determinados Estados exportadores por encima del sufrimiento humano causado por el tráfico ilícito y no regulado de armas.  

-    Fue omitida la prohibición de transferencias internacionales de armas a individuos, grupos e instituciones que no estén debidamente autorizados por las autoridades gubernamentales del Estado receptor, a pesar de que está demostrado que estos agentes no estatales están entre los principales responsables del desvío y el tráfico ilícito de armas y  de los flagelos asociados. Esta omisión clave debilita profundamente el Tratado y atenta contra su eficacia. Peor aún, al no prohibirlas, el Tratado  legitimaría de hecho transferencias sin el consentimiento del gobierno del Estado receptor, lo que constituye una flagrante violación de los principios consagrados en la Carta de Naciones Unidas de no interferencia en los asuntos internos, independencia política e integridad territorial de los Estados.

-    Resulta igualmente injustificable que se haya excluido del proyecto final de Tratado la Prohibición de transferir armas para llevar a cabo acciones de uso o amenaza del uso de la fuerza en contravención con lo dispuesto en la Carta de Naciones Unidas, incluyendo actos de agresión.

-    Los Principios que deben guiar la aplicación del Tratado, salvaguardia mínima con la que contamos la mayoría de los Estados para enfrentar posibles abusos y manipulaciones, quedaron injustificablemente excluidos de la parte operativa del instrumento y fue intencionalmente debilitada su relevancia en el contexto de la aplicación del Tratado.

-    El proyecto final de Tratado otorga privilegios a los Estados exportadores de armas para evaluar a discreción el comportamiento de los Estados importadores, sobre la base de un listado de Criterios subjetivos e imprecisos, que pueden ser fácilmente objeto de abusos y manipulación por razones políticas, para obstaculizar el derecho de los  Estados a adquirir y poseer armas para su legítima defensa, reconocido en el artículo 51 de la Carta de la ONU.

-    La falta de claridad respecto al Alcance del Tratado deriva en el peligro real de que cada Estado defina por su cuenta dicho Alcance y prevalezcan las inconsistencias en la implementación. Al no quedar expresamente excluidos del Alcance las  Partes y Componentes de uso dual, con amplias aplicaciones para uso pacíficos legítimos, el Tratado propuesto podría terminar convirtiéndose en un nuevo sistema de control de transferencias de tecnologías, equipamientos y partes, que afecte su empleo en la esfera civil, sobre todo por parte de los países que requieren recursos para su desarrollo.

-    Al excluirse como requisito de la entrada en vigor del Tratado su ratificación por los principales productores y exportadores de armas, se atenta contra su eficacia y universalidad.

Para concluir Señor Presidente, deseo expresar que con relación al tema del Tratado sobre el Comercio de Armas, las autoridades cubanas se reservan el derecho de adoptar una posición definitiva en el momento correspondiente.

Nuestro país participó de manera activa y constructiva a lo largo de este proceso, y numerosas propuestas fueron presentadas por nuestra delegación, tanto en capacidad nacional, como de conjunto con otros países. En tal sentido, deseo enfatizar que Cuba continuará aplicando medidas para la prevención y combate del tráfico ilícito de armas, consciente de las legítimas preocupaciones humanitarias asociadas al mismo; ese compromiso lo reiteramos hoy ante esta Asamblea.

Muchas gracias.

(Misión Permanente de Cuba antes las Naciones Unidas)
http://www.cubaminrex.cu/es/explicacion-de-voto-de-la-delegacion-de-cuba-en-el-consideracion-del-proyecto-de-resolucion-l58

La opinion de los autores no coincide necesariamente con la de Boris


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